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El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) es un organismo público dependiente del Ministerio de trabajo, migraciones y Seguridad Social. Su principal función es la de pagar a los trabajadores/as los salarios e indemnizaciones que les corresponde cuando la empresa responsable de hacerlo se ha declarado insolvente o se encuentra en concurso de acreedores.

La cantidad que se abonará, eso sí no tiene por qué corresponder al total, ya que existen una serie de límites.

¿Qué necesito para solicitar la prestación del FOGASA? Requisitos

Para tener derecho a que el FOGASA realice el pago de los salarios e indemnizaciones sin percibir es necesario cumplir una serie de requisitos:

  • Debe estar acreditada la situación de insolvencia o en situación de concurso de acreedores de la empresa.
  • Las cantidades adeudadas deben estar reconocidas como tales bien en un acto de conciliación previo o bien mediante sentencia judicial emitida por el Juzgado de lo Social.

Hay que tener en cuenta que:

  • Existe un plazo de un año para presentar la reclamación ante el FOGASA. El plazo empieza a correr desde la fecha del acta de conciliación o sentencia judicial.
  • La solicitud se puede entregar de forma presencial ante la unidad que corresponda en la provincia, en este caso de Barcelona.
  • El impreso de solicitud puede descargarse desde la página del Ministerio de Trabajo.

También es posible presentarla a través de la sede electrónica, adjuntando una serie de documentos justificativos que se irán solicitando durante el proceso. Entre otros:

  • Resolución judicial o acta de conciliación.
  • Certificado de la administración concursal (si la empresa se encuentra en concurso de acreedores)
  • Decreto de insolvencia dictado por el Juzgado de lo Social o bien el Auto de declaración del concurso de acreedores.
  • Número de cuenta bancaria para realizar el ingreso.

El plazo máximo para que el FOGASA se pronuncie sobre nuestra solicitud de prestación es de 3 meses desde presentada la solicitud. Si no se recibe una respuesta, se entiende esta por estimada por lo que el trabajador/a puede reclamar el pago.

Si no estamos conformes con la resolución, podemos acudir a la vía de la jurisdicción social para recurrir esta.

¿Cuánto tarda en pagar el FOGASA?

Una vez aprobada la solicitud, o darse por estimada esta por haber transcurrido el plazo máximo para dar respuesta, aproximadamente el FOGASA pagará transcurridos unos 30 días, aunque no hay un plazo fijo.

¿Qué cubre el FOGASA? Cálculos

Es necesario aclarar que el FOGASA se hace cargo solo de parte de la deuda de la empresa, en lo que respecta a los salarios y las indemnizaciones.

Cálculo de salarios

Respecto a los salarios, tengamos en cuenta lo que incluye, y lo que no.

Incluye:

  • Remuneración económica y en especie
  • Parte proporcional de las pagas extra
  • Si lo hay, los salarios de tramitación.

Recordemos además que estas cantidades deberán estar reconocidas previamente en una conciliación o mediante resolución judicial.

No incluye:

  • Pluses, como las dietas, transporte etc.

Límites máximos de pago

En cuanto a la cantidad, vendrá determinada por el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) que correspondiera en la fecha de la sentencia judicial o acta de conciliación. Debemos calcular el SMI diario, y el tope de pago estará en el SMI x 2. La cuantía diaria que se nos adeuda la formará nuestro salario + la parte proporcional de las pagas extra. Si esta cuantía supera a la del tope máximo, no cobraremos ese sobrante.

En cuanto a los días, se establece un tope de pago de máximo 120 días por lo que, si los días de salario pendientes son más, se perderían todos aquellos que superen dicho tope.

Cálculo de indemnizaciones

Como en el caso de los salarios, la cuantía diaria no puede superar el doble del SMI.

El límite máximo será de un año de salario.

Dependiendo del tipo de despido, el FOGASA abona distinto número de días (siempre respetando los topes máximos que hemos indicado):

  • En caso de un despido nulo o improcedente: 30 días por año. Si la empresa está en concurso de acreedores, el número máximo de días es de 20.
  • Despidos objetivos o colectivos: 20 días por año trabajado.
  • Extinción de contratos temporales: 12 días por año trabajado.

Si tiene dudas acerca de si tiene derecho a recurrir al pago de salarios o indemnización por parte del FOGASA, cómo solicitarlo, qué documentación aportar y qué cantidad le correspondería, no dude en solicitar ya una cita con nuestros abogados laborales de Terrassa, para ser atendido/a de forma personalizada.